El 21 de Julio vence período para registro de agencias publicitarias para campañas

La norma también señala que las publicitarias que trabajen con cargo al financiamiento privado, previsto en el artículo 204 del Código Electoral, quedan exentas de este registro.

18 julio 2018 |

A las 12:00 a.m. del sábado 21 de julio de 2018, tienen las agencias de publicidad, que deseen prestar sus servicios durante los procesos internos de los partidos políticos y para las elecciones generales de mayo de 2019.

Las publicitarias deberá de registrarse en la Dirección de Fiscalización de Financiamiento Político del Tribunal Electoral (TE).

Mediante Decreto 29 de 24 de mayo de 2018, el TE reglamentó el artículo 229 del Código Electoral que trata sobre el registro de las agencias publicitarias para la próxima campaña electoral.

Para el trámite de registro, los representantes de las agencias deberán retirar, llenar y firmar el formulario elaborado por la Dirección de Fiscalización del Financiamiento Político o utilizar el documento de formato electrónico que se encuentra en la página web del TE, en donde deben descargar el formulario, completar los requisitos y enviarlos a: informes-fiscalizacion@tribunal-electoral.gob.pa

Esta regulación va dirigida a agencias que deseen prestar sus servicios a partidos políticos, candidatos de partidos políticos o de libre postulación en los procesos internos y la campaña electoral, con cargo al financiamiento público.

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