La Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología (SPOG) emite sus opiniones sobre el Proyecto N°18

La Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología (SPOG) expresó su rechazo contra el proyecto de Ley 18 “De identidad para bebés fallecidos en el vientre materno”, propuesto por la diputada Corina Cano, el cual pasó el primer debate en la Comisión de la Juventud, la Mujer y la Familia de la Asamblea Nacional.

21 febrero 2020 |

Este gremio médico manifiesta en primera instancia que "la mujer puede dar vida a una nueva vida, mediante el nacimiento, y esta, a su vez, una vez fuera del vientre", además destacan que la pérdida de un hijo y el duelo que ello representa depende del credo de cada mujer, y el manejo de este duelo es fundamental y muy personal; por lo que se respeta con ello el derecho a la salud y a la vida de la madre.

"Como gremio rechazamos la aprobación en primer debate del Proyecto de Ley 018: “De identidad para bebés fallecidos en el vientre materno”... al considerar que el mismo viola los derechos a la vida y salud de la mujer, contemplados en la Constitución Nacional y Código Civil de la República de Panamá; así como en la Convención Internacional de los Derechos Humanos; considerando -además- que estos establecen que se entiende por niño todo ser humano desde su nacimiento hasta los 18 años de edad"; indica en un comunicado la SPOG.

Esta Sociedad expresa que ya existe una normativa establecida en la Ley de Registro Civil, que obliga al personal de salud a registrar todos los nacimientos y defunciones fetales (aborto, ectópico o muerte perinatal) esta última incluye muerte fetal tardía (intrauterino) y neonatal temprana.

Señalan que es es muy diferente la llamada certificación, la cual tiene connotaciones legales, puesto que esta se certifica como un acto que después tendrá repercusiones o acciones, como adquirir derechos o deberes.

La SPOG explica que aparte de los posibles efectos que tenga esta disposición sobre el ordenamiento jurídico y en el Código Civil, consideran que el proyecto crearía una duplicidad de datos o subregistros que reflejan un escenario irreal, agregando que desde el 2002 ya existe un Registro de nacimientos vivos y defunciones fetales, tanto en el Ministerio de Salud (Minsa) como en la Caja del Seguro Social (CSS) y en las instalaciones privadas de todo el país, las cuales se contemplan en el  Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC) de la Contraloría General de la República.

Herramienta legal contra los abortos

La Sociedad prevé que este proyecto, como ha sucedido en otros países, pudiese convertirse en una herramienta legal con la cual se penalizaría la interrupción involuntaria o terapéutica de un embarazo, siendo este último amparado en el marco legal y realizado bajo la autorización previa de un comité multidisciplinario bajo tres condiciones: cuando pone en peligro la vida de la madre, porque existe un diagnóstico fetal incompatible con la vida y porque es producto de un delito social y sexual como la violación.

Además la propuesta ley, a consideración de la SPOG pudiera representar una pena contra los profesionales de la salud que atiendan a las mujeres en condiciones y podría incitar a un aumento en la práctica de abortos inseguros.

Presupuesto para prevención

La SPOG recomienda a las autoridades a que redirijan los esfuerzos a mejorar la partida presupuestaria para la prevención y disminución de las muertes maternas y fetales; apoyar y ejecutar las normas existentes que hoy garantizan la atención segura de las mujeres durante su embarazo, el parto y el postparto; y que se trabaje en nuevas iniciativas en materia de salud materno infantil, sin distingo de credo.

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