El documento establece que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020, el pago sin recargo de la tasa única anual de las sociedades anónimas, sociedad de responsabilidad limitada y cualesquiera otras personas jurídicas, así como las funciones de interés privado, que debió ser cancelada al 15 de julio de 2020.
18 octubre 2020 |
También se aplica un descuento de 10% por el pago de impuesto sobre la renta, impuesto complementario y aviso de operación que se causen o deban pagarse entre el 20 de marzo a julio de 2020, para aquellos contribuyentes que tengan una renta bruta que no exceda de dos millones 500 mil dólares. Además un descuento de 10% por el pago del impuesto de imbueble correspondiente al primer cuatrimestre de 2020.
Otro de las disposiciones fue la suscripción de arreglos de pagos sujetos a condiciones especiales para aquellos contribuyentes en condiciones de morosidad con respecto a tributos que se causen o deban pagarse entre el 20 de marzo de 2020 y el 31 de julio de 2020.