Con el
Decreto Ejecutivo No.33 del 4 de febrero de 2021, el Gobierno Nacional, a través del
Ministerio de Comercio e Industrias (
MICI), estableció las
normas y procedimientos aplicables a la
instalación, administración, mantenimiento y operación de aquellas empresas nacionales o extranjeras que deseen
invertir en Panamá, bajo el
Régimen Especial para el establecimiento y la Operación de Empresas Multinacionales para la prestación de servicios relacionados con la manufactura, conocido como
EMMA.
Esta reglamentación indica que las
empresas EMMA deben cumplir con los requisitos aprobados por la
Comisión de Licencias de Sedes de Empresas Multinacionales (
SEM), la cual plantea que para su elegibilidad las empresas deben contar con un total de
activos del grupo empresarial iguales o mayores a los $75 millones o contar con un
mínimo de tres subsidiarias.
Con relación a los trámites, la Dirección de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión, para otorgar el visto bueno de las licencias.
El Decreto señala, además, que las empresas se deben inscribir en el Registro Público de la República de Panamá, ya sea como una empresa extranjera, o como una empresa panameña de propiedad de la empresa multinacional.
Una empresa multinacional que ya cuente con Licencia de SEM podrá aplicar a una Licencia del régimen EMMA por medio de un proceso sumario. Igualmente, una empresa que esté operando en Panamá podrá, a través de la misma persona jurídica mediante la cual viene realizando sus actividades, acogerse al Régimen, delimitando sus actividades a la EMMA.
Asimismo, comprende normas a cumplir en procesos migratorios para los inversionistas y el ingreso de mercancía al país.
Sobre el particular, Jeannette Díaz Granados, directora General de Sedes de Empresas Multinacionales del MICI, explicó que se homologó el régimen Migratorio de SEM, el cual contempla el proceso de solicitudes de visas para el personal extranjero de la EMMA por conducto de la Ventanilla Única de la Dirección Nacional de Inversiones de la institución.
Por otro lado, debido a la naturaleza de las
actividades de EMMA se estable un régimen
Aduanero Especial, permitiendo a su vez que las
empresas EMMA puedan establecerse físicamente en:
- El Área Económicas Especiales como Zona Libre.
- Panamá Pacífico o en cualquier zona primaria aduanera existente.
- Cualquier lugar del territorio nacional en donde se permite el desarrollo de dichas actividades y servicios.
La Directora de SEM, detalló:
“Las EMMA que se establezcan en áreas fuera de las zonas aduaneras primarias y que su actividad implique movimiento de mercancías estarán obligadas a solicitar y mantener vigentes durante su operación ante la Autoridad Nacional de Aduanas y el Servicio de Control y Vigilancia Aduanera (SECVA)”.
Díaz Granados acotó que las empresas EMMA gozarán de
estabilidad jurídica automática para la empresa, y que para aplicar deben completar un
formulario, donde se indiquen:
- Los datos de la empresa.
- El organigrama del grupo empresarial del cual forma parte.
- Los activos totales del grupo.
- Las actividades EMMA que desee desarrollar desde Panamá.
- La determinación de la inversión inicial, el número de empleados y gastos operativos.
- Los planes de responsabilidad social.
El
régimen EMMA es parte de las estrategias del presidente
Laurentino Cortizo Cohen:
- Atracción de inversión extranjera directa.
- Generación de empleo.
- Dinamización de diversos sectores.
- Transferencia de conocimiento al recurso humano panameño.