Proponen reformas a artículos de la Constitución sobre extranjería e institución del matrimonio

La diputadas Corina Cano, del partido Molirena y Zulay Rodríguez del Partido Revolucionario Democrático (PRD) propusieron cambios en artículos de la Constitución Política de la República de Panamá relacionados a temas de familia y extranjería respectivamente.

17 octubre 2019 |

La diputadas Corina Cano, del partido Molirena y Zulay Rodríguez del Partido Revolucionario Democrático (PRD) propusieron cambios en artículos de la Constitución Política de la República de Panamá relacionados a temas de familia y extranjería respectivamente.

Estas propuestas fueron presentadas durante la discusión en sesión permanente de este 16 de octubre del proyecto Acto Constitucional N°1.

Cano mencionó que un aspecto que se está incluyendo es la aclaración sobre la institución de la familia y el matrimonio.

“ Esta propuesta no fue propuesta por mi persona, ni por la Comisión de Gobierno, ni por el presidente de la Asamblea, fue presentada por los ciudadanos, las consultas que hicimos a nivel nacional hablaban de la aclaración de la institución del matrimonio en nuestro país”, manifestó.

Agregó que las reformas también contempla qué términos se usarán como pueblos originarios o pueblos indígenas, así como afrodescendientes panameños o afropanameños. También hay modificaciones para que sean utilizados los términos personas con limitaciones o situación de discapacidad y adultos mayores.

Por su parte, Rodríguez propuso cambios en los artículos 9, 10, 14 sobre nacionalidad y extranjería.

El artículo 9 de la Carta Magna señala lo siguiente: son panameños por nacimiento los nacidos en el territorio nacional; los hijos de padre o madre panameños por nacimiento nacidos fuera del país, si aquellos establecen su domicilio en el territorio nacional; y los hijos de padre o madre panameños por naturalización nacidos fuera del país, si aquellos establecen su domicilio en Panamá y manifiestan su voluntad de acogerse a la nacionalidad panameña a más tardar un año después de su mayoría de edad.

La diputada de la bancada oficialista propuso que solo son panameños los nacidos en territorio nacional de padre o madre panameña.

El artículo 10 señala que pueden solicitar la nacionalidad panameña por naturalización los extranjeros con cinco años consecutivos de residencia en Panamá, si después de haber alcanzado la mayoría de edad, declaran la voluntad de naturalizarse, renuncian expresamente a su nacionalidad de origen o a la que tengan, y comprueben que poseen el idioma español y conocimientos básicos en geografía, historia y organización política panameñas.

También establece que los extranjeros con tres años consecutivos de residencia en el país que tengan hijos nacidos en ésta, de padre o madre panameños o cónyuge de nacionalidad panameña, si hacen la declaración.

Sobre este artículo, la diputada Rodríguez propuso que los extranjeros en Panamá obtendrán la residencia a los 10 años, y deberán hacer la renuncia de manera pública y expresa, mientras que los extranjeros que tengan hijos con panameños obtendrán la residencia a los 5 años.

En tanto el artículo 14 indica que la inmigración será regulada por la ley en atención de los intereses sociales, económicos y demográficos del país. Rodríguez añadió seguridad alimentaria y salud pública.

La Asamblea inició la discusión de las reformas constitucionales el pasado 14 de octubre, y aprobó la metodología de discusión en tres bloques, artículo por artículo.

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