Reformas electorales pasaron a tercer debate a la medianoche

La Asamblea Nacional aprobó en segundo debate de Reformas Electorales a la medianoche

15 octubre 2021 |

A las 11:59 del jueves 14 de octubre, el pleno de la AN aprobó el proyecto de Ley 544 de reformas al Código Electoral. El tercer debate iniciará hoy a las 11:00 a.m.
Por más de 20 horas, los diputados defendieron sus respectivas posturas ante la eliminación o aprobación de puntos sensitivos como el fuero penal y la adjudicación de curules mediante residuo o cociente.

De acuerdo a reportes oficiales de la Asamblea "una buena parte de los parlamentarios opinaron sobre la distribución de curules, en las que consideraron la necesidad de aplicar otros métodos o ajustar la fórmula actual".

A las 2:00 p.m. el pleno de la Asamblea se declaró como sala ilustrada, con la presencia de los magistrados del Tribunal Electoral, Heriberto Araúz Sánchez, Eduardo Valdés Escoffery y Alfredo Juncá.

Respecto al fuero penal electoral hubo opiniones que se mantenga y de rechazo.

En este punto, se preguntó a los magistrados la conveniencia o no del mismo.En este punto, se preguntó a los magistrados la conveniencia o no del mismo.

A esto, el magistrado Heriberto Araúz dijo que en la mayoría de los países del mundo la figura no existe; sin embargo, considera que habría que saber si en Panamá el sistema ha madurado.

Como datos estadísticos el magistrado Araúz dijo que desde 1990 a la fecha se solicitó levantar el fuero penal electoral a 1,800 candidatos y solo se hizo efectivo a 18 personas, por tener suficiente sustento.

Otra de las variaciones presentadas, consiste en otorgarle al candidato independiente el 7% del monto correspondiente al financiamiento preelectoral.

Se propuso un artículo transitorio, para dar una amnistía con respecto a las multas impuesta a los candidatos que participaron en el torneo electoral del 2014, que hayan incumplido con la presentación de informes de ingreso y gastos de campaña, contemplado en el artículo 215 del Código Electoral que a la fecha se adeuda.

Otra de los cambios sugeridos, es que no serán elegibles para cargos de elección popular los servidores públicos que hayan ejercido, en cualquier tiempo, desde seis meses antes de la elección, los cargos de ministro y viceministros, director y subdirector, secretario general, funcionarios del Órgano judicial, Ministerio Público, Tribunal Electoral, entre otra veintena más de colaboradores del servicio público.

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