Sociólogos de Panamá condenan Resolución de Gabinete Nº69 por atentar contra la Educación Superior Universitaria

El Colegio de Sociología y Ciencias Sociales de Panamá (CoSCiesPa) rechaza por incongruentes la promulgación de la Resolución de Gabinete N°69 del 6 de agosto de 2019, que equipara la Educación Formal Necesaria con la Experiencia Laboral Previa dentro del Manual General de Clases Ocupacionales del Sector Público, como su modificación a través de la Resolución de Gabinete N°84 De 9 de septiembre de 2019 que la modifica.

16 septiembre 2019 |

Condenamos dichas resoluciones porque constituyen un retroceso en el proceso de formación profesional y de desarrollo de la educación superior que, desde inicios de la República, se propuso formar académicamente y profesionalizar a los funcionarios públicos. Equiparar supuesta experiencia con formación profesional titulada por nuestras universidades, no solo es un retroceso, sino un atentado contra la educación nacional.
Además se está jugando con las necesidades de trabajo de los sectores populares que fueron ilusionados con puestos de trabajo como pago a favores políticos clientelistas, reflejando la crisis política, económica y moral de un estado neoliberal que le importa solo hacer negocios con las grandes empresas y no garantizar los derechos fundamentales a la educación, trabajo, salud y vivienda, entre otros.
El acceso a la educación es un derecho humano:
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Naciones Unidas, en su artículo13 expresa “el derecho de toda persona a la educación.” y directamente indica en sus acápites a y b la obligatoriedad y asequibilidad de la enseñanza primaria gratuita como el de “la enseñanza secundaria técnica y profesional”, en todas las modalidades. En el acápite c, el Pacto deja clara la importancia de la educación superior:
“c) La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en particular por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita;”
Evidencia que el estado, a través del gobierno que lo administra, debe propugnar por garantizar que las grandes mayorías del pueblo tengan educación completa y asequible. Este mismo Pacto indica en su artículo 7 y en particular su acápite c que:
El pleno empleo es un deber del estado:
“Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial:
c) Igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad;”
Esto demuestra que la promoción en los puestos de trabajo es un derecho, vinculado a criterios laborales establecidos en otras normativas y no debe primar el clientelismo político.
Convenio sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 (núm. 151): Panamá, no ha ratificado el Convenio 151 de la OIT, que en su Parte IV acerca de Procedimientos para la Determinación de las Condiciones de Empleo, explica en su Artículo 7, que:
“Deberán adoptarse, de ser necesario, medidas adecuadas a las condiciones nacionales para estimular y fomentar el pleno desarrollo y utilización de procedimientos de negociación entre las autoridades públicas competentes y las organizaciones de empleados públicos acerca de las condiciones de empleo, o de cualesquiera otros métodos que permitan a los representantes de los empleados públicos participar en la determinación de dichas condiciones.”
Pero aquí parece que no contemplaron a las organizaciones y asociaciones de empleados /as del sector público.
El pleno empleo lo debe garantizar el estado, generando desarrollo para que existan puestos de trabajo aptos para todos y todas, tanto en el sector público como en el privado, creando oportunidades y considerando los méritos éticos y adecuados y no por interés o favores relacionados al clientelismo político producto de promesas electorales.
Por lo tanto, insistimos y exigimos que dichas Resoluciones sean retiradas y derogadas por atentar contra los postulados nacionales e internacionales vinculados al derecho a la educación en todas sus etapas, como a la verdadera igualdad de oportunidades en el empleo, en particular la del sector público.
Contacto para mayor información: Jorge Madrid +507 6239-7838 / Briseida Barrantes +507 6254-1754

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